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Ley Antilavado · LFPIORPI

¿Tu negocio es una Actividad Vulnerable?

Guía de las 16 fracciones del Artículo 17 de la Ley Antilavado

Cumplimiento PLD  ·  Identificación y Aviso  ·  Lectura de ~7 min

Miles de negocios en México realizan, sin saberlo, una Actividad Vulnerable y están obligados a cumplir con la Ley Antilavado. No es exclusivo de bancos ni casas de cambio: aplica a inmobiliarias, joyerías, agencias de autos, despachos, prestamistas, agentes aduanales y muchos más.

La Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI), conocida como Ley Antilavado, define en su Artículo 17 un catálogo cerrado de 16 fracciones. Si tu actividad encaja en alguna y rebasa ciertos montos, debes cumplir obligaciones concretas ante la UIF y el SAT.

En una línea

Actividad Vulnerable = operación o giro listado en el Art. 17 LFPIORPI que, por su naturaleza, puede usarse para lavar dinero. Si la realizas, debes identificar a tu cliente (umbral de identificación) y, al superar un monto mayor, presentar un Aviso a la autoridad (umbral de aviso). Casi todos los umbrales se expresan en UMA.

¿Qué es exactamente una Actividad Vulnerable?

Es cualquiera de las conductas enumeradas en el Art. 17. La ley fija dos umbrales por fracción, medidos en múltiplos de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) diaria:

Las cifras en UMA se recalculan en pesos cada año conforme al valor vigente de la UMA. Algunas fracciones —como notarios, juegos con sorteo, donativos y activos virtuales— exigen identificar y/o avisar sin umbral, según el supuesto.

Las 16 fracciones del Artículo 17

I

Juegos con apuesta, concursos y sorteos

Venta de boletos, fichas o créditos; pago de premios; entrega de cualquier valor que permita jugar o apostar.

Identificación: a partir de 325 UMA · Aviso: 645 UMA
II

Tarjetas de servicios, crédito, prepago y monederos electrónicos

Emisión o comercialización de tarjetas y monederos electrónicos que no sean de entidades financieras supervisadas.

Tarjetas de crédito/servicios — Identificación: 805 UMA · Aviso: 1,285 UMA
Prepago/monederos — Identificación: 645 UMA · Aviso: 645 UMA
III

Cheques de viajero

Emisión y comercialización de cheques de viajero distinta a la realizada por entidades financieras.

Identificación y Aviso: sin umbral mínimo — se identifica y avisa por toda operación.
IV

Préstamos y crédito (no financieras)

Ofrecimiento habitual y profesional de mutuo, préstamo o crédito, con o sin garantía, por quien no sea entidad financiera.

Identificación y Aviso: sin umbral — toda operación se identifica y se avisa.
V

Construcción y desarrollo de inmuebles / intermediación inmobiliaria

Construcción o desarrollo de inmuebles para venta, y la intermediación en la compraventa de inmuebles.

Identificación y Aviso: sin umbral — toda operación se identifica y se avisa.
VI

Metales y piedras preciosas, joyas y relojes

Comercialización o intermediación habitual de metales, piedras preciosas, joyas o relojes.

Identificación: 805 UMA · Aviso: 1,605 UMA (no aplica a procesos industriales)
VII

Obras de arte

Subasta o comercialización habitual de obras de arte.

Identificación: 2,410 UMA · Aviso: 4,815 UMA
VIII

Vehículos aéreos, marítimos y terrestres

Comercialización o distribución habitual de aeronaves, embarcaciones y vehículos terrestres, nuevos o usados.

Aéreos/marítimos — Ident. y Aviso: sin umbral
Terrestres — Identificación: 3,210 UMA · Aviso: 6,420 UMA
IX

Blindaje de vehículos e inmuebles

Prestación habitual de servicios de blindaje a vehículos o bienes inmuebles.

Identificación: 2,410 UMA · Aviso: 4,815 UMA
X

Traslado y custodia de dinero o valores

Servicios de traslado o custodia de dinero o valores, salvo los prestados por el Banco de México o entidades autorizadas.

Identificación y Aviso: sin umbral — toda operación se identifica y se avisa.
XI

Servicios profesionales independientes

Cuando, en nombre o por cuenta del cliente, se preparen o realicen operaciones de: compraventa de inmuebles; administración de recursos, valores o activos; manejo de cuentas; organización de aportaciones para sociedades; o constitución y operación de personas morales.

Identificación y Aviso: sin umbral, por el supuesto de la operación realizada para el cliente.
XII

Fe pública — notarios y corredores

Servicios de notarios y corredores públicos respecto de transmisión de inmuebles, constitución de sociedades, otorgamiento de poderes, contratos de mutuo y demás actos previstos en la ley.

Notarios: identifican siempre; avisan según el acto (la transmisión de inmuebles se avisa sin umbral). Corredores — Identificación: 8,025 UMA · Aviso: 16,000 UMA
XIII

Donativos (donatarias)

Recepción de donativos por asociaciones y sociedades sin fines de lucro.

Identificación: 1,605 UMA · Aviso: 3,210 UMA
XIV

Comercio exterior — agentes aduanales

Prestación de servicios de comercio exterior como agente o apoderado aduanal en mercancías sensibles (vehículos, maquinaria, materiales de joyería, obras de arte, entre otras del Anexo).

Identificación y Aviso: sin umbral para las mercancías señaladas — toda operación.
XV

Arrendamiento de inmuebles

Constitución de derechos personales de uso o goce de bienes inmuebles (arrendamiento).

Identificación: 1,605 UMA mensuales · Aviso: 3,210 UMA mensuales
XVI

Activos virtuales

Intercambio habitual y profesional de activos virtuales (criptomonedas) a través de plataformas, distinto al realizado por entidades financieras.

Identificación y Aviso: a partir de 645 UMA por operación.

Los montos en UMA son referencia conforme al Art. 17 y sus reglas; conviene confirmar el valor de la UMA vigente y los supuestos específicos de cada giro, ya que la autoridad publica criterios y formatos por sector.

¿Y qué obligaciones tengo? (Art. 18)

Si tu giro es Actividad Vulnerable, el Artículo 18 de la LFPIORPI te impone, como mínimo:

Sumado a ello, hay restricción al uso de efectivo (Art. 32) y un régimen de sanciones que va de multas a la cancelación de la inscripción en el padrón. El incumplimiento no es menor: la exposición económica y reputacional es real.

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